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La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados analiza reformas a los artículos 282 y 283 del Código Penal Federal para tipificar el acoso cibernético, pues de acuerdo con datos del gobierno federal, por este delito podrían ser víctimas unos 20 millones de internautas en el país.
La iniciativa, promovida por el panista Luis Alberto Mendoza Acevedo, busca sancionar a este delito de tres días a un año de prisión o de 180 a 360 días multa, a quien por algún medio ofenda, avergüence, intimide o menoscabe a otro en su persona, en sus bienes, en su honor o en sus derechos.
El documento sostiene que el acoso cibernético es el conducto por el cual una persona es molestada, amenazada, acosada, humillada, avergonzada, a través de Internet o cualquier medio de comunicación a distancia.
El tipo de acoso se presenta de diversas vertientes, desde insultos, discriminación o burla sobre características físicas, forma de vestir, gustos, hacer pública información o fotografías que avergüenzan a la víctima, robo de identidad y suplantación, hasta amenazas de daño físico.
Mendoza Acevedo indica en su iniciativa que de acuerdo con la Policía de Ciberdelincuencia Preventiva de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México realizó el sondeo Hábitos de navegación a través de Internet en diversas escuelas de nivel básico en la capital del país y se halló que 30 por ciento de los menores encuestados han sido objeto de prácticas de acoso en las redes de comunicación digital.
El legislador resaltó que aunque existen estudios que revelan que pasar más tiempo en internet y en los medios de comunicación digital conlleva más riesgo de ser víctima de acoso en línea, consideró que éstos son sólo una herramienta y no la causa del problema.
Ello, explicó, existen evidencias que los usuarios de mensajería instantánea, cámaras web y chat rooms fueron más propensos a exhibirse ante desconocidos, lo que a su vez aumentó su riesgo de ser intimidados en línea.
jl