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Uso. El acueducto llevar�a agua de la Presa El Zapotillo a Le�n, Guanajuato. (Foto: Especial)
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Un juez federal rechazó los argumentos de Banobras para ocultar información sobre el crédito que se concedió a la empresa española Abengoa por 2 mil millones de pesos, el cual sería utilizado en la construcción del acueducto que iría de la Presa El Zapotillo a León, Guanajuato. Ahora, la institución bancaria tendrá que entregar a un particular todos los datos.
El juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo resolvió que con la difusión de esta información “se contribuirá a transparentar el funcionamiento de fondo, se fomentará la rendición de cuentas y el escrutinio público, previstos para enfrentar los daños que lleguen a ocasionarse”.
La información sobre el crédito fue solicitada por el abogado Alejandro López Aguayo, quien lleva la defensa jurídica de los ejidatarios de Agua de Obispo y los ganaderos de San Juan de los Lagos, para que el acueducto no pase por su territorio. Banobras había negado la información, con el argumento que estaba reservada bajo la modalidad de secreto bancario.
El juez federal determinó que debe entregarse la información “bajo la modalidad de versión pública, esto es, en un formato donde se mantuviera la secrecía de todos los datos personales y los relacionados con el patrimonio de las personas morales que sean titulares”.
El 30 de junio de 2017 se presentó la solicitud de información ante Banobras Fideicomiso 1936 Fondo Nacional de Infraestructura, para que entregara “copia del contrato de apertura de crédito simple del 11 de diciembre de 2014, celebrado entre la Concesionaria Acueducto el Zapotillo, en su carácter de acreditada, y Banobras, como acreditante, relacionado con la construcción del acueducto Zapotillo-León”.
Poco más de un mes después, la unidad de transparencia de Banobras notificó su respuesta, negando la información al señalar que se había clasificado como reservada por contener datos personales.
Al resolver un recurso de revisión, el pleno del Inai determinó que Banobras tenía razón para no entregar la información y sólo pide que se modifique el dictamen para fundamentar la negativa en el secreto bancario.
Antecedente. Previo a la decisión del juez, el Inai respaldó la decisión de Banobras.
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López Aguayo presentó una demanda de amparo. En su resolución, el juez federal señala que si bien Banobras es una institución crediticia, en este caso actúa como fiduciaria, tanto en el contrato como al otorgar un crédito simple, por lo que no aplica el secreto bancario. Además, menciona que “el motivo primordial del crédito otorgado es para la construcción de una obra pública como lo es la Presa El Zapotillo, es decir, se trata de un apoyo crediticio para que un particular lleve a cabo la construcción de una obra pública”.
El juez advierte que hay una “colisión entre derechos fundamentales”, es decir, por una parte el derecho que tiene un particular al acceso a la información sobre una obra pública y, por otra parte, “el derecho a la protección de datos derivados de las operaciones bancarias privadas”.
Ante esa situación, recuerda que el secreto bancario tiene como objetivo proteger los datos personales de particulares, ante la afectación que podría generar la divulgación de esa información. De esta forma, al entregarse una versión pública del contrato, sin revelar los datos personales, se mantiene esa protección.
Al resolver de esta manera, el juez concede el amparo a López Aguayo. Ante esta resolución, Banobras todavía puede interponer un recurso, aunque ya no se podría modificar el fondo de la misma. La institución tendrá que cumplir con la sentencia una vez que le sea notificada.
Cronología
- 30 de junio de 2017. Se solicita vía transparencia información sobre el crédito otorgado por Banobras a Abengoa para la construcción del acueducto Zapotillo-León. La petición quedó bajo el número 0632100004017
- 11 de agosto de 2017. Banobras niega la información, argumentando que contiene datos personales
- 29 noviembre 2017. El Inai resuelve el recurso 5808/17 y señala que Banobras sí debe clasificar como reservada la información del crédito, pero en la vertiente de secreto bancario
JJ/I
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