Paulino Machorro y Narváez (Durango, 1887-1957) fue congresista en el Constituyente de Querétaro en 1916, representando al 18 distrito electoral de Jalisco. Se tituló de abogado en la Escuela de Jurisprudencia de Jalisco. En el Congreso argumentó en contra de la elección popular de los magistrados del Poder Judicial. Vale le pena citar in extenso algunos extractos del Diario de Debates:
Argumentó que “el sistema de elección popular ha sido una innovación introducida por las democracias más exaltadas… se considera que solamente la voluntad popular… es la única fuente del poder: se ha fundado en principios metafísicos y no en principios prácticos. Cuando los pueblos han tenido oportunidad de hacer un alto en su marcha y considerar lo que han dejado atrás, los malos resultados de sus instituciones… han vuelto siempre a la elección del Poder Judicial en otra forma que no sea la popular”.
Agrega que “la elección popular tiene radicalmente por sí… vicios fundamentales… el magistrado no es igual al diputado o al senador: el magistrado es radicalmente distinto; él no va en el ejercicio de sus funciones a representar a la opinión; no va a representar a nadie; no lleva el criterio del elector, sino que lleva el suyo propio; simplemente se le elige como persona en la cual se cree que se reúnen ciertos requisitos indispensables para llenar una función social; él tiene que obrar… quizá hasta contra la opinión de los electores”.
Continúa: “Si un magistrado electo popularmente siente que… las multitudes… le piden sentencia en un sentido, el magistrado está en la obligación de desoír a las multitudes y de ir contra la opinión de los que lo eligieron… El diputado no debe ir en contra la opinión, es la opinión del pueblo mismo… y el magistrado no, es la voz de su conciencia y la voz de la ley… la esencia misma de la magistratura es muy distinta de la función social que ejerce el representante político”.
Propone “alejar al Poder Judicial de la política y no arrojarlo al fondo de ella, para que resulte un juguete de las pasiones. El elector popular está impedido de conocer las cualidades intelectuales del funcionario a quien va a elegir. Las cualidades fundamentales de un buen magistrado tienen que ser… la ciencia y la honradez”.
Explica que “la magistratura no electiva, ha dado buenos resultados en todas partes. Cuando ha tenido vicios, éstos han venido de otro lugar, no precisamente del origen no popular de la institución... La elección popular no da otro resultado que la elección hecha por el Presidente de la República, porque el magistrado no va a hacer una campaña electoral… La Administración de Justicia no tiene un programa… a los magistrados de la Corte los erigirían los tinterillos. Este es el resultado que vendría a dar la elección popular”.
Concluye afirmando que “un Poder que sepa interpretar la ley… que no esté a disposición de las pasiones… solamente puede resultar por una elección que no sea la popular”.
X: @Ismaelortizbarb
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