Sin ser abogado ni especialista en asuntos urbanos, en los últimos años me he visto involucrado en discusiones vinculadas a lo que genéricamente podemos denominar justicia ambiental. La interacción con grupos ciclistas (incluido BiciBlanca) e integrantes del colectivo Ciudad para Todos, para investigar la conflictividad que está en el fondo de diversas demandas ciudadanas, fueron suscitando cuestionamientos sobre la justicia, el derecho o las leyes.
¿Quién es el sujeto del derecho a la ciudad? ¿Es justificable la muerte de ciclistas por la pésima infraestructura urbana? ¿Basta con que existan leyes de movilidad para que se respeten los derechos del peatón? Alcantarillas rotas, cables sueltos en el arroyo vehicular, banquetas destrozadas o inexistentes, calles sin alumbrado público… provocan sensaciones de injusticia, indignación y un malestar generalizado en la población.
Así mismo, al documentar disputas que surgen entre actores sociales por el uso de espacios o territorios, para comprender el alcance de los mecanismos alternativos de procuración de justicia, se constató entre otras cosas: la poca integración que existe entre los marcos normativos que orientan el quehacer de las autoridades en distintos órdenes de gobierno, el desacato de mandatos judiciales por parte de organismos públicos, la ausencia de rendición de cuentas en el manejo de recursos públicos; factores que provocan conflictos e inconformidades entre ciudadanos. ¿Por qué tenemos que sufrir las consecuencias de la desarticulación legislativa, el incumplimiento de órdenes judiciales o la malversación de nuestros impuestos?
Adicionalmente, al querer comprender la conflictividad socioambiental que subyace a las luchas por recursos hídricos, el cuidado de áreas naturales protegidas, la conservación de lugares sagrados indígenas o la protección de especies no-humanas; es decir, conflictos entre racionalidades opuestas que quieren determinar las formas hegemónicas de relacionarnos con la naturaleza nos preguntamos: ¿Por qué hay que defender derechos de la naturaleza, de los animales o de las futuras generaciones? ¿Qué se requiere para satisfacer de manera sustentable las necesidades de la vida en el planeta?
Justicia ambiental es crear las condiciones que permitan el buen vivir de las personas y de la naturaleza que nos da vida y alimenta. Supone sustituir la perspectiva antropocéntrica por una orientación ecosocioambiental; abandonar el patriarcalismo colonial y capitalista de dominación, restablecer equilibrios constructivos entre tecnología, ciencia y cultura; cuestionar los valores que orientan la vida moderna (progreso, productividad, competitividad, recursos naturales y humanos…); reformular la idea de necesidades (básicas, primarias…) para incluir las necesidades de la vida en su conjunto; discutir el concepto de escasez que solo beneficia a los grandes capitales; promover relaciones justas de reciprocidad e intercambio; entender que el bienestar no es posible alcanzarlo de manera individualista…
A partir de estas experiencias nos queda claro que impartir justicia ambiental supone contar con saberes especializados sobre derecho ambiental, economía ecológica, agroecología, planeación urbana, derechos emergentes, etc. Elegir por voto popular a las personas encargadas de juzgar sobre estos asuntos es una pésima idea. Ningún proyecto de vida, ningún proyecto de sociedad tendrá futuro si no tomamos en serio el tema de la Madre Tierra.
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