Confirma tribunal a Pablo Lemus como gobernador electo

2024-10-16 12:53:38

(Foto: Especial)

Con cuatro votos a favor, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) votaron a favor del proyecto de resolución que confirma el cómputo estatal y la declaración de validez de la elección en la gubernatura de Jalisco, así como la entrega de la constancia de mayoría en favor de Pablo Lemus Navarro, quien fue postulado por Movimiento Ciudadano (MC). 

El proyecto a cargo del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera analizó los medios de impugnación de Claudia Delgadillo González, aspirante del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) por la gubernatura estatal, que fueron Juicio de Revisión Constitucional (JRC) 61-2024 y sus acumulados, además del Juicio de la Ciudadanía (JDC) 954-2024, contra la resolución del Tribunal Electoral de Jalisco (Triejal).

El JDC se desechó porque se consideró que Delgadillo González no acreditó su interés jurídico, mientras que en el análisis de fondo del JRC consideraron que los agravios fueron inoperantes e ineficaces.  

El magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera explicó que el proyecto plantea verificar la legalidad de los temas abordados en el proceso electoral y las demandas correspondientes para garantizar la certeza y metodología. “Las irregularidades no fueron de carácter generalizado”, dijo el magistrado ponente.

Añadió que, con la finalidad de dar una respuesta completa, nuestra doctrina judicial es clara la nulidad de una elección es la sanción más severa en el ámbito electoral ya que implica dejar sin efectos la logística y organización que conlleva un proceso electoral, “pero sobre todo el respeto de la voluntad de la ciudadanía que acudió a las urnas a ejercer su derecho”.

Recordó que nuestro sistema electoral está diseñado bajo un mecanismo en el que la propia ciudadanía es la que recibe y cuenta los votos, lo que otorga un manto protector de legalidad conocido como presunción de validez de los actos celebrados, por lo que esta situación debe ser considerada al analizar la legalidad de una elección y “derrotada de manera contundente cuando se busque la nulidad de la propia elección”.

jl

 
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