Frenes� legislativo

2024-10-28 06:00:00

La actividad reciente del Poder Legislativo ha marcado un ritmo que no se había experimentado en la historia reciente de nuestro país, y una de las características de ese frenesí parlamentario han sido las reformas constitucionales relacionadas con la regulación y contención de otro de los poderes, el Judicial, respecto del cual la actividad bicameral ha concentrado esfuerzos.

En ese campo, las reformas que modifican la estructura del Poder Judicial no solamente requerían las mayorías calificadas que tiene el partido en el gobierno en ambas cámaras, sino la aprobación de 17 congresos estatales que, en el curso de pocas horas, dieron la respuesta positiva a las apresuradas reformas que plantean una nueva organización en el Poder Judicial.

El apresuramiento en el procesamiento de las reformas no tiene una explicación lógica, salvo el hecho de que, como lo señaló la recién nombrada nueva legislatura federal y las estatales convocadas para este asunto, pudieran ofrecer un regalo al presidente saliente de tener las reformas aprobadas. El deseo de obsequiar a los funcionarios no tiene absolutamente nada de negativo, hay muchas razones por las que esto puede tener lugar, sin embargo, cuando el “regalo” se trata de una profunda y seria transformación de uno de los poderes del Estado, esa justificación carece de un sustento legítimo y encomiable.

La transformación constitucional representa un profundo cambio de modelo en el que el conjunto de la sociedad debería sentirse incluido en su diseño, organización y aprobación. En este caso, la mayoría en las urnas ofrece al partido una oportunidad para generar el liderazgo en el procesamiento electoral, sin embargo, la mayoría calificada que se generaron, merced a las negociaciones internas en las estructuras camerales, borraron del horizonte de intervención en el procesamiento legislativo a cualquier otra opción de intervención.

Se trata, pues, de fórmula única la que está generando las transformaciones constitucionales. De esta forma, solamente una línea de pensamiento es la que propone y aprueba con números absolutos. Por otra parte, la voz de las oposiciones no se encuentra integrada en una discusión tan trascendental como la de la transformación de apartados de la Constitución. Las mayorías deberían asumir un liderazgo y lograr los consensos que, de acuerdo con los preceptos de integración de mayorías en las cámaras, incluyen otras voces y visiones que permiten generar una mejor representación ciudadana.

El resultado de las súbitas aprobaciones dejó claro que muchos de los elementos establecidos en el contenido de las reformas acusaban varias contradicciones, así como falta de continuidad en el desarrollo de los procesos. En consecuencia, la hegemonía parlamentaria decidió reformar los elementos mal estructurados en la reforma, es decir, nueva reforma sobre lo aprobado anteriormente.

No se trata de modificar un estatuto o ley particular, sino de la Constitución. Se requeriría una mayor atención y, de igual forma, que no sea solamente una visión la que imprima el sentido de lo reformado, sino una visión más general en la que la sociedad, y no solamente el partido, sea la que genere las modificaciones en la Constitución.

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