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Quienes obtuvieron ingresos superiores a cuatro millones de pesos en 2013 deben registrar su balanza de comprobaci�n y el cat�logo de cuentas de enero y febrero de este a�o (Foto: Especial)
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Con el fin de que los contribuyentes tengan el tiempo suficiente para integrar los archivos de su contabilidad electrónica, y en medio de críticas por la saturación de su portal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público prorrogó el plazo para enviarlos hasta el 30 de abril.
La contabilidad electrónica se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx). Originalmente, el plazo vencía ayer.
“Se invita a los contribuyentes a que realicen su envío con tiempo y, si tienen dudas, se acerquen a los canales de orientación del SAT en sat.gob.mx, Infosat y redes sociales”, se lee en un comunicado que envió la autoridad hacendaria.
A partir de la nueva fecha, para dar cumplimiento formal al ingreso mensual de información contable, el contribuyente deberá enviar la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación.
Adicionalmente, deben tener la posibilidad de generar información electrónica de sus pólizas contables y auxiliares para entregarla a la autoridad, aunque sólo cuando el SAT ejerza facultades de comprobación directamente al contribuyente o a terceros relacionados (compulsas) o cuando el ciudadano solicite una devolución o realice una compensación.
Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal no están obligados a enviar su contabilidad electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones a través del sistema “Mis cuentas” que el SAT tiene disponible en su página.
PHM
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