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Declaración de ausencia podría solicitarse en 30 días: Chimiak

(Foto: Cuartoscuro)

Familiares de personas desaparecidas, especialistas y diputados trabajaron en un proyecto de Ley sobre declaración de ausencia, la cual tiene dos años de retraso, pero que de aprobarse dará continuidad a los derechos de las personas desaparecidas y protección más amplia a los familiares, explicó Anna Karolina Chimiak, integrante del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (Cepad).

Además, indicó que la Junta de Coordinación Política del Congreso de Jalisco pasó a primera lectura el dictamen de la ley, sobre la cual hubo el compromiso de no realizarle modificaciones.  

“Una de las exigencias de las familias fue por esos contenidos más avanzados de que tal cual la ley se aprobara con los contenidos con los cuales se concluyó las mesas de revisión técnica dentro de la subcomisión de derechos humanos y que no sufra ningunas modificaciones y ningunos ajustes ya que fueron como hablamos al principio, los contenidos basados en estas necesidades de las familias”.

Explicó que el procedimiento para solicitar la declaración de ausencia es simple, flexible y desburocratizado, además lo podrán promover los familiares de personas desaparecidas con denuncia y aquellas que no hayan presentado este recurso legal.

“Ese procedimiento se podría iniciar tanto cuando uno presenta una denuncia ante la fiscalía pero también un reporte ante una comisión de búsqueda o queja ante una comisión estatal de derechos humanos no es limitado únicamente a la denuncia y por otro lado abre esa oportunidad para esas familias que no presentaron ninguno de estos recursos y en cuanto a los otros requisitos son los requisitos muy simples, relacionados tal cual con la información de la persona o de la persona desaparecida y no es una información muy avanzada los requisitos son bastante básicos”.

Anna Karolina Chimiak explicó que este dictamen de Ley de Declaración de Ausencia tiene mayores avances que la general, mientras a nivel nacional la legislación establece un periodo de espera de tres meses para poder solicitar la declaración en Jalisco sólo serían 30 días.

“No se requiere esperar tres meses después de presentar denuncia, reporte o queja o después de que la persona desapareció sino en Jalisco hay un estándar mucho más avanzado que en la ley general porque su estándar es de tres meses, acá en Jalisco se logró establecer en cuanto al contenido de ese dictamen únicamente 30 días a partir de la desaparición de la persona o presentación de alguno de los recursos que mencioné, entonces también ha sido un logro, un avance importante”.

Explicó que actualmente para definir que una persona desapareció se utilizan dos definiciones: desaparecidos y no localizados, cuando se define que una persona desapareció se presume que está relacionada con la comisión de algún ilícito, pero en no localizados esta presunción no existe, sin embargo, en la Ley de Declaración de Ausencia se homologó ambas definiciones.

“En la ley de declaración de ausencia se logró colocar una definición de que la persona desaparecida es una persona cuya desaparición, ausencia, no tiene que relacionarse con la comisión de algún delito, independientemente si se cometió algún delito o no se haya cometido algún delito, es un avance y supuestamente un acuerdo que se retomaría en la Ley en materia de desaparición”.

EH