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Por teletrabajo, empleadores no pueden reducir salario

(Foto: Archivo NTR)

El 11 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas que regulan el teletrabajo o ‘home office’, uno de los beneficios de la ley es que no se puede reducir el salario ni derechos como registro ante el IMSS, destacó la diputada federal Mónica Almeida.

Quien indicó que además los trabajadores pueden establecer nuevos acuerdos con el patrón, en el cual, les dote de equipo de cómputo, y pague una parte proporcional de los gastos de luz e Internet.

“Obviamente no se puede disminuir el salario a nadie, se mantienen los mismo derechos, también aquellos que se requieran en el registro del Seguro Social y establecer el derecho a la desconexión, que se establezcan con mucha claridad los horarios laborales y esto puede empezar a entrar en diálogo del empleado con su empleador”.

La diputada federal reiteró que la reformas a la Ley de Federal del Trabajo también les generan beneficios a los empresarios, ya que disminuirían los pagos por accidentes de trabajo, y se reducirían los gastos de insumos de oficina.

“Nos referimos por ejemplo a la disminución de pago por accidentes de los trabajadores precisamente cuando se disminuye la movilidad, mejora la calidad del aire, hay ahorros de parte de la empresa de hasta un 18 por ciento en sus gastos operativos, en suministro de insumos o en insumos para limpieza, las familias también las empresas se ahorran apoyos para cuidado de los hijos, cuando se trata de guarderías o formulas adicionales para tener este tipo de apoyo”.

EH