Con la medida dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ordena garantizar la administración directa de los recursos públicos a los pueblos originarios, la Comisión de Hacienda y Presupuestos del Congreso del Estado aprobó el dictamen que permitirá a la comunidad indígena de San Sebastián Teponahuaxtlán ejercer su presupuesto de manera autónoma, fortaleciendo su autogobierno y el reconocimiento efectivo de sus derechos colectivos.
La presidenta de la Comisión Gabriela Cárdenas, explicó que con esta decisión el Poder Legislativo estatal atiende una orden judicial para asegurar que la comunidad indígena tenga control total sobre los recursos que le corresponden, con el fin de decidir directamente su destino en beneficio colectivo.
Detalló que el dictamen deriva del expediente JDC-35/2019, resuelto por la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, en el que se reconoce el derecho de la comunidad wixárika a recibir de manera justa los recursos públicos que le corresponden. Añadió que esta medida busca fortalecer su autonomía y garantizar su capacidad para definir sus formas de organización social y política, conforme al principio de progresividad de los derechos humanos.
La legisladora señaló que el Congreso fue requerido para actualizar el cálculo de distribución del Fondo Municipal de Participaciones, utilizando parámetros objetivos y datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en apego a la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Jalisco. El cálculo consideró una población de 2 mil 326 habitantes distribuidos en 22 localidades con clave geoestadística.
Subrayó que el procedimiento se realizó bajo criterios técnicos y jurídicos estrictos para brindar certeza tanto a la comunidad como a las autoridades estatales. El resultado, indicó, es un monto verificable que permitirá a la Secretaría de Hacienda del Estado determinar la cantidad líquida que será entregada directamente a la comunidad.
Gabriela Cárdenas precisó que este dictamen no modifica el sistema general de coordinación fiscal del estado, sino que atiende un caso específico derivado de una resolución firme del Tribunal Electoral Federal que el Congreso está obligado a acatar.
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