Las solicitudes ciudadanas para someter a consulta decisiones sobre la tarifa del transporte público en Jalisco fueron desechadas luego de que el gobierno estatal revocara el acuerdo que dio origen a ambos mecanismos de participación.
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC) informó que las peticiones de referéndum y plebiscito, presentadas el 23 y 26 de enero de 2026, quedaron sin materia al desaparecer del marco jurídico el acto administrativo que pretendía ser sometido a consulta.
Ambas solicitudes buscaban revisar mediante votación ciudadana el acuerdo DIGELAG ACU 057/2025, emitido por el Poder Ejecutivo estatal y relacionado con la tarifa del transporte público. No obstante, el pasado 5 de marzo el gobierno de Jalisco publicó un nuevo acuerdo que revocó expresamente ese documento, así como el DIGELAG ACU 002/2026, modificando la situación legal del caso.
Según la legislación en materia de participación ciudadana, para que proceda un referéndum o plebiscito debe existir un acto o decisión administrativa vigente que pueda ser sometido a consulta. Al quedar sin efectos los acuerdos referidos, el IEPC determinó que desapareció el objeto de las solicitudes.
El instituto señaló que la Secretaría Ejecutiva cuenta con facultades para desechar mecanismos cuando no reúnen los requisitos formales para su admisión, lo que ocurrió en este caso tras la revocación de los actos impugnados.
Previo a esta resolución, el organismo electoral llevó a cabo diversas actuaciones previstas en la normativa, entre ellas la apertura de los expedientes y el envío al Instituto Nacional Electoral (INE) de los apoyos ciudadanos recabados para su verificación.
El IEPC indicó que los mecanismos de participación ciudadana forman parte del ejercicio de los derechos políticos de la población y que su procesamiento se realiza conforme a las disposiciones legales vigentes.
CES










