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Anulan cambio de régimen electoral en Bolaños

Anulan cambio de régimen electoral en Bolaños

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con cuatro magistrados a favor y dos en contra, resolvió anular la consulta en la que se definió el cambio de régimen electoral en Bolaños, para pasar de la elección de candidatos a alcalde por partidos, a candidatos postulados por el sistema de usos y costumbres de la etnia wixaritari en las votaciones de 2027.

Uno de los argumentos para anular el decreto del Congreso de Jalisco que presentó la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, es que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) no garantizó la certeza para emitir un sufragio libre, en las asambleas donde se definió el cambio de régimen de gobierno en Bolaños.

El IEPC no hizo videograbación de todas las asambleas realizadas en Bolaños, donde la mayoría votó por el cambio de régimen.

La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso fue la ponente del juicio de reconsideración 612/2025 y expresó lo siguiente: “En este caso sostengo que correspondía al Instituto Electoral local demostrar que dichas asambleas se desarrollaron conforme a los lineamientos, aspectos que no pudo ser del todo acreditado, aunado a que la única grabación que existe relativa a una comunidad, aspectos que comprueban una situación irregular que pudo vulnerar la certeza del proceso y sus resultados”, expresó.

Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, votó en contra de la anulación del decreto y defendió el derecho de la comunidad de San Sebastián Teponahuaxtlán de impulsar el cambio de régimen de votaciones.

Dijo que las actas de las asambleas donde votaron los habitantes de Bolaños no arrojan objeciones sobre la validez de los actos, por lo que no debió anularse el decreto.

“Pero ¿por qué no se le da valor a esas actas? ¿porque no hubo videograbación o por qué no se puede partir del principio de buena fe de lo que ahí ocurrió porque fue una votación a mano alzada en la que participaron personas indígenas con base en sus usos y costumbres?. Creo que aquí no hay irregularidades sustanciales probadas”, argumentó Rodríguez Mondragón.

Votaron a favor de anular el decreto que aprobó el Congreso local, los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Fuentes Barrera, Claudia Valle y Mónica Aralí Soto Fregoso.

Los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Gilberto Bátiz, presidente del TEPJF, expresaron que no debió anularse el decreto que aprobó el Congreso de Jalisco.

La etnia wixaritari expresó en redes sociales que “nadie debe bajar la cabeza” tras el fallo en su contra y que “rendirse no es una opción cuando se defiende lo justo”. 

jl