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Verdugos
Y el sarampión avanza
Un estudio publicado por las investigadoras Iris Concepción Larios López y Natividad Ahumada Rodríguez revela que el artículo 504 del Código Civil del Estado de Jalisco (CCEJ) y los artículos 47 y 47 Bis de la Ley del Registro Civil (LRCEJ) imponen requisitos legales diferenciados y discriminatorios hacia las mujeres, lo que viola los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.
El trabajo, titulado Discriminación en contra de mujeres casadas en el artículo 504 y relativos del Código Civil del Estado de Jalisco y publicado recientemente, expone que a pesar de resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declararon inconstitucionales varios artículos del Código Civil y de la Ley del Registro Civil de Jalisco, el Congreso del Estado mantiene sin reforma disposiciones que continúan discriminando a las mujeres casadas que intentan registrar a hijos procreados con un hombre distinto a su esposo.
De acuerdo con el análisis, los artículos prohíben que un hijo de una mujer casada sea reconocido por otro hombre si el esposo no ha desconocido la paternidad mediante una sentencia judicial.
Así, las investigadoras señalan que el Congreso de Jalisco genera incertidumbre jurídica y refleja una “notable resistencia” para armonizar las normas con los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.
El estudio académico califica la falta de legislación como una manifestación de falta de perspectiva de género y un desconocimiento del vínculo entre los derechos de las mujeres y el bienestar de la infancia.
El artículo también destaca que, aunque México ha avanzado en el reconocimiento formal de los derechos de las mujeres, subsisten estructuras jurídicas que reproducen desigualdades históricas.
jl/I