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El gobierno de Jalisco y las autoridades municipales omiten cumplir con una reforma a la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios y ello deriva en que cada año aparezcan más puntos de inundación, consideró el investigador Josué Daniel Sánchez Tapetillo.
Este miércoles se cumplirán 10 años de que los diputados del Congreso de Jalisco aprobaron añadir el artículo 86 bis a esta ley, pero al día de hoy es letra muerta fuera de la ciudad y en la metrópoli su implementación, la cual depende de interpretaciones y no ha servido para minimizar el impacto de las obras urbanísticas durante el temporal.
El artículo referido “hace obligatorio para el promotor de cualquier nueva acción urbanística que analice el incremento del escurrimiento pluvial generado por la propia acción urbana en el terreno, comparándolo contra el escurrimiento que generaba en condiciones previas a la urbanización, con el fin de que el desarrollo habitacional, comercial o industrial se responsabilice del control de la diferencia (excedente), buscando con ello el que las nuevas obras no contribuyan a agravar la problemática de inundaciones”, describió el investigador.
Afirmó que a esto se le conoce como “impacto hidrológico cero”, el cual tendría que aplicarse de manera uniforme y obligatoria en todo el estado para impedir que se formen nuevos puntos de inundación; sin embargo, eso no ocurre así “debido al desinterés, falta de coordinación, de recursos humanos, económicos y materiales y, en última instancia, al desconocimiento o ignorancia”.
El especialista añadió que la tarea de cumplir con esto se les atribuyó a los organismos operadores que, en muchas ocasiones, batallan para realizar sus labores sustantivas y, por lo tanto, no cuentan con las capacidades para generar acciones adicionales.
Y donde sí se implementa se conjugan una serie de factores que han llevado al fracaso a esta política. Uno de ellos es que el artículo es ambiguo y se presta a que no haya una homologación de criterios y cada autoridad utilice los que considere pertinentes.
Por lo tanto, llamó a modificar de nuevo la ley para establecer esos criterios en el artículo y que se elimine la ambigüedad.
También identificó que hace falta un sistema de vigilancia que se encargue de revisar que los organismos operadores sí implementen la ley. A la par mostró que Municipios como El Salto, Tequila, Tala, Puerto Vallarta, Tepatitlán y Lagos de Moreno, por citar algunos, no exigen control de aguas pluviales.
jl/I