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Nada para intranquilizarse
Espinoza Licón
Habitantes de la comunidad de Atacco, en el municipio de Tapalpa, ganaron un juicio de amparo en el cual se ordena el cierre y abandono del vertedero municipal, así como la definición de un nuevo lugar para tirar la basura municipal.
La sentencia fue dictada por el Juzgado Décimo Primero de distrito en materias Administrativa, Civil y del Trabajo, al resolver el juicio de amparo 78/2019.
El amparo fue promovido por la violación al derecho previsto en el artículo 4 constitucional que, entre otros puntos, establece que “toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a ese derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque”.
Los demandantes expusieron que se firmó un convenio en julio de 2016 con el gobierno municipal de Tapalpa, en el que se estableció que en un plazo máximo de nueve meses se emprenderían las acciones y gestiones “con el objeto de abandonar de manera definitiva el actual vertedero municipal. Asimismo, se estableció que una vez agotado ese plazo no se depositarían más residuos en el vertedero”.
Dicho convenio tuvo una prórroga de tres meses, por lo que el vertedero debía cerrarse en junio de 2017, lo que no sucedió. A pesar de esto, el Ayuntamiento de Tapalpa entregó a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) “reportes físico-financieros correspondientes a los meses de junio de 2018 a febrero de 2019, de la obra denominada etapa de cierre y abandono de relleno sanitario de Atacco”.
Ante el incumplimiento de los acuerdos, se presentó una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) en contra de diferentes dependencias. El organismo determinó que la Semadet, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa) y el Ayuntamiento de Tapalpa “vulneraron los derechos a la legalidad y los derechos a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado de vecinos y quienes laboran cerca del vertedero ubicado en la delegación de Atacco”, por lo que emitió la recomendación 43/2018.
Por su parte, el juzgado federal determinó conceder el amparo “tomando como consideración primordial el derecho humano a vivir en un medio de ambiente sano, así como por consecuencia a la salud de los pobladores”.
Entre sus argumentos está que “las autoridades responsables dejaron patente que no existió ni ha existido una adecuada, eficiente, eficaz y debida coordinación”, pues no han concretado las acciones “para concluir con el cierre del relleno sanitario y la disposición final de residuos”.
Los efectos de la sentencia son para que la Proepa realice revisiones periódicas que deben ser informadas al ayuntamiento y al mismo juzgado. También para que la Semadet acredite el cumplimiento del cierre del vertedero y su abandono, y que “se demuestre la construcción del lugar donde se realizará la disposición final de residuos municipales”.
Aunque en la demanda del amparo no se menciona al gobernador Enrique Alfaro Ramírez ni al Congreso del Estado, en la resolución el juez los vincula “a fin de que proporcionen los recursos necesarios para el cumplimiento de la sentencia”.
FRASE:
“(En el amparo se tomó en) consideración primordial el derecho humano a vivir en un medio de ambiente sano, así como por consecuencia a la salud de los pobladores”: Extracto de la sentencia
jl/I