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Encuestas
Provocación
Activistas, periodistas y ciudadanos en general llevan meses acusando que el titular de la Secretaría de Transporte (Setran), Diego Monraz Villaseñor, los bloquea en Twitter, pero no debería.
Así lo indica la ley de transparencia local, la cual invita a las instituciones a garantizar el acceso a sus cuentas de redes sociales y prohíbe los bloqueos, recordó el comisionado presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado (Itei), Salvador Romero Espinosa.
“En nuestra legislatura estatal están prohibidos los bloqueos de cuentas oficiales de redes sociales. El tema es que prohibieron los bloqueos, pero no nos dieron herramientas. No nos dieron un mecanismo, un arma para conocer de estos temas”, dijo al respecto.
De hecho, expuso que sólo la justicia federal podría, eventualmente, obligar al funcionario a desbloquear a una persona que presente una demanda de amparo indirecto. Esto ya ha ocurrido en algunos casos.
El presidente del Itei detalló que la ley solamente regula las cuentas de redes oficiales de los sujetos obligados, pero no las cuentas personales de funcionarios públicos. Aun así, tratándose de cuentas que usan para publicar información relacionada con su cargo, hay una política general del Sistema Nacional de Transparencia (SNT) que les hace la recomendación de evitar los bloqueos.
“La recomendación a todas las instituciones públicas y funcionarios públicos, sobre todo de primer nivel o de los primeros niveles, es que si van a utilizar las cuentas de redes sociales digitales para difundir información pública o información directamente relacionada con el ejercicio de su cargo, se busque siempre, en la manera de lo posible, evitar los bloqueos”, expresó.
El comisionado recalcó que los funcionarios deben garantizar la difusión de información desde sus cuentas.
“Se busca evitar los bloqueos y es lo recomendable porque al final de cuentas, si estás difundiendo información pública en esas cuentas, pues ya tu cuenta se vuelve de interés de la colectividad, entonces es importante tratar de siempre darle acceso a la mayor cantidad de usuarios posibles de esa información”, exhortó.
Para Romero Espinosa, la única manera en que se justifica que un funcionario o institución bloquee a un usuario es cuando existe un comportamiento abusivo de esa cuenta, mas no por expresar ideas diversas.
Expuso que en 2017 un juez de Sonora estableció por primera vez que los funcionarios públicos tenían obligación de dar acceso a sus cuentas a los usuarios. Después, en 2018 un juez de Veracruz llegó a una resolución similar y ésta fue confirmada en 2019 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
jl/I