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La Comisión para la Prevención Contra Riesgos Sanitarios de Jalisco (Coprisjal) evitó explicar el proceso de sanción que erróneamente dirigió contra un organismo inexistente en Zapopan.
En octubre, la Coprisjal emitió una resolución definitiva donde sanciona por casi 30 mil pesos al “Sistema de Abastecimiento de Agua Potable Ixcatán”, un ente inexistente y distinto al comité autónomo y comunitario que da el servicio en la comunidad indígena de San Francisco Ixcatán.
Habitantes y usuarios del servicio de agua potable presentaron un recurso de revisión para combatir la multa por considerarla injustificada y no contemplar las causas de fondo de la mala calidad del agua en la zona, como la contaminación de basureros y fraccionamientos; sin embargo, la Coprisjal rechazó el recurso, por considerar que no acreditaron tener un interés jurídico.
El Diario NTR Guadalajara solicitó una entrevista con el organismo y, en su lugar, Coprisjal envió una ficha informativa que evita explicar el error del procedimiento y la falta de análisis sobre la calidad del agua potable, como exigen los pobladores.
En la respuesta a este medio, Coprisjal reafirma que los promoventes del recurso de revisión “carecen de interés jurídico para impugnar una resolución que no les afecta”.
El organismo reconoce que durante el procedimiento emplazó a que compareciera el “propietario y/o representante legal del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable Ixcatán” sin aclarar que dicho ente es inexistente.
Finalmente, Coprisjal afirma que la resolución no es definitiva, lo que contradice lo expuesto en el oficio RSX-COPRISJAL/1393/2022, del cual este medio tiene copia.
La resolución definitiva fue resuelta el 17 de octubre por la coordinadora regional de Coprisjal en la Región 10, Zapopan, Nurit Araceli Hernández Aguilera.
jl/I