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Motos nuevas sólo saldrán de establecimientos con placas

TRANSPORTE. El artículo 120 de la ley de movilidad establece que cualquier establecimiento o persona física o jurídica que venda motos debe cerciorarse de que, antes de entregarlos, tengan placas. (Foto: Jorge Alberto Mendoza)

Las tiendas sólo permitirán la salida de motocicletas nuevas si tienen placas, según la nueva ley de movilidad de Jalisco.

El artículo 120 de la legislación establece que cualquier establecimiento o persona física o jurídica que comercialice vehículos de este tipo deben cerciorarse de que, antes de entregarlos, cuenten con placas.

El regidor tapatío de Movimiento Ciudadano (MC) Luis Cisneros Quirarte explicó que al exigir el emplacado a las tiendas se deberá establecer un padrón actualizado cuyo fin será evitar que las motos se usen con fines delictivos.

“No pudieran salir (las motos) sin estar emplacadas porque hay un subregistro de todas las motocicletas que hoy circulan en el estado y muchas de ellas son utilizadas con fines delictivos, ya sea también por las bandas de motoladrones o por estas bandas de estas organizaciones criminales que las utilizan para labores de vigilancia”, afirmó.

Por otro lado, el regidor añadió que a partir de la nueva ley la Policía municipal cuenta con facultades para realizar operativos contra motoristas, pero siempre y cuando cometan una falta. Al hacerlo no tendrán la necesidad de recurrir a la Policía Vial.

“No puedes nada más detener a los motociclistas porque están circulando, sino cuando incurren en alguna sanción. En alguna falta vial les puedes marcar el alto y revisar sus documentos; en caso de que no acrediten la legitima propiedad de la moto, se puede retirarla de circulación”, afirmó.

jl/I