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¡No!, al aumento
Me dijeron no negociar con Salinas Pliego
Junio de 2012. Han pasado ya 10 años de que en México se tipificó y se integró al Código Penal federal el delito de feminicidio y aún hay quienes defienden y argumentan que este no debería de ser un delito por sí mismo, sino un homicidio doloso, en todo caso agravado por ciertas circunstancias, como que la víctima sea una mujer.
Debo reconocer que yo misma, al inicio, no entendía por qué había que hacer esa diferencia. Una muerte dolosa es una muerte dolosa y ya, ¿no? ¿Qué de relevante tiene que la persona asesinada sea un hombre o una mujer? ¿No todos somos iguales y deberíamos serlo ante la ley?
Pero entonces comencé a leer y a tratar de entender, porque pocas cosas nos hacen ser tan audaces como la ignorancia.
Me tomó un par de años, calculo, este proceso de aprendizaje. A veces es vergonzoso admitir lo mucho que nos aferramos al desconocimiento, a pesar de que teníamos todos los elementos y las condiciones para educarnos.
Crecí con el caso terrible de las muertas de Juárez, pero entonces, sobre todo en la década de los 90, todo nos sonaba lejano y ajeno a la realidad del occidente del país y de mis amigas y yo adolescentes. Chicas pobres, trabajadoras de maquilas, mujeres fronterizas que desaparecían con el aire un día cualquiera y que, si había fortuna, sus familias encontraban después, de modos dolorosos que no tiene caso traer al presente.
Pero entonces la realidad nos alcanza y es necesario nombrarla para darle sentido, para entenderla mejor, para tener claridad respecto a aquello que vemos y oímos: para 2007 ya se hablaba de violencia feminicida en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida sin Violencia. A finales de 2010 Guerrero fue el primer estado que incorporó el delito de feminicidio en su código penal. Casi dos años después, en junio de 2012, el delito es consignado en el Código Penal federal. Dos meses después este delito llegó a las leyes estatales de Jalisco.
Estos días dos casos han acaparado la atención de los medios y las redes. En uno, Lidia Gabriela Gómez se sube a un taxi y el conductor toma una ruta distinta; no se detiene cuando ella se lo pide; Lidia comienza a gritar y pedir auxilio por la ventanilla del auto. Al verse en peligro se arroja al arroyo vehicular. Muere al instante. El taxista se da a la fuga, pero ya fue detenido. El hecho se investiga bajo protocolo de feminicidio.
El otro es el caso de Ariadna Fernanda López. Después de una salida con conocidos van al departamento de uno de ellos. Al final solo quedan ella, Rautel y Vanessa. A Ariadna la encuentran en los márgenes de una carretera, muerta. Días después se sabe que él la habría sacado, ya sin vida o al menos inconsciente, de aquel departamento y tirado en el estado de Morelos. Vanessa, la novia de Rautel, estaría involucrada. Esta muerte también se investiga como feminicidio.
Ante ambos hechos hay quienes cuestionan que estos sean feminicidios y, dicen, son homicidios agravados, pero perdemos de vista que el supuesto es al contrario: no sabemos si las mataron por ser mujeres.
La recomendación jurídica es que toda muerte violenta de una mujer se debe investigar bajo el protocolo de feminicidio para determinar si hubo razones de género en las causas del fallecimiento.
Lidia y Ariadna son solo dos muestras de la necesidad de situarnos en una realidad que nos traspasa a todos. Diez años han pasado desde que el feminicidio existe en nuestras leyes y nosotros seguimos señalando y ridiculizando a las víctimas, cuestionando su moralidad, su vida, sus decisiones…
En nada nos afecta que la muerte de una mujer sea investigada como feminicidio; ni siquiera tendría por qué ser aún tema de discusión. Pareciera que queremos seguir protegiendo a los agresores, resguardando al sistema que les permite actuar como lo hacen.
Y no digo que sea a propósito; puede ser fruto de siglos de vivir en un mundo que ha hecho de las mujeres personas de segunda.
Nunca será mal momento para cambiar lo que hemos aprendido y tenemos tan arraigado.
En lo profundo.
Twitter: @perlavelasco
jl/I