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El abogado de los amparos
Porque nos la quitaron
En estos días se suscita un complejo debate generalizado respecto a lo que representa la elección del Poder Judicial. En efecto, hay posiciones muy variadas que, de manera general, algunas están a favor de la votación y otras, decididamente, volcadas hacia la abstención.
El problema no radica, particularmente, en el ejercicio complejo y casi insalvable del mecanismo a partir del cual se va a generar la votación. En total se elegirán 881 cargos judiciales: nueve ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); dos magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); 15 magistraturas de las Salas Regionales del TEPJF; cinco magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial; 464 magistraturas de Circuito, y 386 juezas y jueces de Distrito. El volumen de los cargos a elegir tiene, además, la complicación de la cantidad de aspirantes que contienden.
Técnicamente se trata de una operación inesperada para el INE que, sin los recursos solicitados, ni los plazos requeridos, se vio obligado a generar un proceso electivo de un proyecto de reforma que no se analizó, ni técnica ni consensuadamente, en su momento.
La reforma del Poder Judicial se desarrolló bajo el principio de generar una mayor y mejor participación ciudadana en la definición de los jueces que formarán parte de ese ámbito de poder. Sin embargo, la polémica forma establecida por el Poder Legislativo y el Ejecutivo para la nominación de los nuevos funcionarios, puestos en su dimensión de decisiones electorales, cambia de manera profunda el sentido que representa el Poder Judicial.
La idea de colocar en el mismo esquema a jueces y diputados, es decir, buscar la representación ciudadana a través de un ejercicio electoral, tiene aristas complejas que se verán, en poco tiempo, en las dificultades que constituye el hecho de que un juez no es representante popular, sino garante, esencial, de un sistema de justicia, legalidad y constitucionalidad.
Equiparar el modelo de elección partidista, que busca la representación, no equivale a la elección de un juez que, por otra parte, no constituye una expresión de un instituto político, como lo son los candidatos respecto de los partidos que los postulan y, su funcionamiento se evalúa, precisamente, en las elecciones, donde se analiza el desempeño de los representantes.
Precisamente por ello, los ajustes de las acciones partidistas tienen que ver con lograr el interés de los votantes cada tres o seis años. En tal sentido, la búsqueda de mantener un principio de legalidad tiene un anclaje con el principio de constitucionalidad e imparcialidad de la justicia, no de popularidad.
El reto es importante, el equilibrio en la contención de poderes se adelgaza dramáticamente ante la hegemonía partidista. Sin embargo, la relevancia de participar en la elección es la de no perder un importante elemento de contribución ciudadana, el voto que constituye el recurso fundamental de expresión por la participación en las actividades de gobierno y de la administración pública, que debe representarnos a todos. La democracia es el equilibrio de poderes.
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