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Campo de exterminio
Crematorio clandestino
La Suprema Corte de Justicia de la Nación no tiene facultades para analizar la constitucionalidad de una reforma constitucional, afirmó Javier Hurtado, politólogo y constitucionalista. No es un tribunal constitucional y aunque es un poder constituido, es secundario.
Afirmó que el único poder facultado para revisar la Constitución son las dos cámaras y las legislaturas locales.
“La Suprema Corte no es Corte Constitucional ni tribunal constitucional, es tribunal de constitucionalidad que es diferente, si fuera tribunal constitucional podría controlar las reformas a la Constitución, pero nunca lo ha hecho”.
Aunque consideró que el artículo 135 constitucional es impreciso y nadie controla al revisor de la Constitución, la Suprema Corte de Justicia está estirando la liga al decir que tiene atribuciones para controlar el proceso, pero de acuerdo con el constitucionalista Javier Hurtado ni puede controlar el proceso ni el contenido de la reforma.
Consideró que tanto los diputados como senadores, así como el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, hicieron lo correcto al ignorar los amparos y suspensiones que otorgaron los jueces.
Con respecto a la acción de inconstitucionalidad que el PAN advirtió emprendería, Javier Hurtado señaló que se puede analizar la constitucionalidad de las leyes secundarias, no de las constitucionales, y la reforma judicial es constitucional porque es una reforma a la Constitución.
Pese a todos estos actos que calificó como una locura total, Javier Hurtado indicó que lo positivo sería que se convocara a un Congreso Constituyente que resuelva todos los problemas que hay en la constitución y se creara una corte constitucional para que así no sólo el congreso de la unión y los locales pudieran revisar la Constitución.
EH