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Informe a puerta cerrada
Haciendo el ridículo
El futuro de Roxana Ruiz podría terminar de definirse este viernes.
Hace dos años, a inicios de mayo de 2021, Roxana fue agredida sexualmente por Sinaí, luego de que él la acompañara a su casa y le pidiera, de acuerdo con los reportes periodísticos que han consignado el caso, pasar la noche en su casa, porque vivía muy lejos. Ella le preparó un espacio para dormir.
Cuando Roxana ya estaba acostada, él la golpeó y la violó; al defenderse, ella lo golpeó en la nariz; comenzó a sangrar y la amenazó de muerte.
Tras un forcejeo, ella lo asfixió con una prenda de vestir, cayeron, él se golpeó la cabeza y murió, de acuerdo con lo que Roxana le declaró al periódico El País. La chica de 23 años metió el cuerpo en bolsas tras realizarle cortes en diferentes partes y fue detenida por policías municipales de Nezahualcóyotl, en el Estado de México, para luego ser recluida en prisión durante nueve meses.
El 15 de mayo, Roxana fue condenada a seis años y dos meses de prisión por homicidio. Sin embargo, en estos dos años esta joven ha señalado decenas de inconsistencias que han permeado su caso. Por ejemplo, que se omitió su declaración acerca de que había sido violada por Sinaí o que se le victimizó por haber ingerido un par de cervezas.
Tras la sentencia condenatoria dictada contra Roxana hubo movilización de familiares y de colectivos feministas, pues consideraban que ella había actuado en legítima defensa y que su caso, además, no había sido juzgado bajo una perspectiva de género.
Incluso la semana pasada el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, abordó el tema y consideró darle a la joven un indulto.
En 2013, la Suprema Corte de Justicia de Nación publicó un Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género e hizo una revisión y replanteamiento en 2020, en el que se señala que aquella primera versión debía ser nutrida y actualizada.
De acuerdo con este documento, la perspectiva de género surge a raíz de que, en general, los sistemas estaban hechos para un mismo tipo de sujeto: “hombre, blanco, heterosexual, educado, propietario y cristiano”, y que entonces era necesario establecer otros parámetros que permitieran conocer, juzgar, abordar a diferentes tipos de sujetos, con distintas formas, expresiones, religiones, géneros, sexo, culturas…
Así, con la perspectiva de género en el ámbito jurídico, las normas deben ser interpretadas y aplicadas sin pasar por alto los distintos contextos a los que se enfrentan las personas.
El protocolo consigna que dicho método de análisis es en la actualidad una obligación constitucional a cargo de todas las juezas y jueces del país.
Al haberse omitido la declaración de Roxana, al haberle dicho que un golpe en la cabeza habría bastado para defenderse, al no haberle realizado un examen ginecológico, al comentarle que seguramente al principio sí quería tener relaciones sexuales con su agresor, pero que después se había arrepentido… todo ello podría entenderse no sólo como una victimización secundaria y violencia institucional, sino como precisamente una ausencia de la perspectiva de género.
A inicios de 2022, NTR Guadalajara informaba que 30 por ciento de las mujeres privadas de su libertad están tras las rejas sin una sentencia. Y detallaba el caso de Carmen, con 23 años de reclusión, que había sido contratada para limpiar una casa donde se cometió un delito. A ella y al perpetrador los detuvieron; su caso no había sido juzgado con perspectiva de género y no se tomaron en cuenta aquellas circunstancias que la hicieron acabar trabajando en esa casa, sin estar involucrada con el crimen. El agresor, en febrero de 2022, ya estaba libre, pero ella no.
Sobre el caso de Roxana Ruiz, este martes la Fiscalía del Estado de México se desistió de perseguirla y se le otorgó la libertad, pero las partes involucradas, en este caso la familia de Sinaí, tienen tres días para interponer una apelación.
Esos tres días se cumplen hoy.
Twitter: @perlavelasco
jl/I