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El Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara (Imeplan) rechazó observaciones sobre zonas urbanizables en torno a los tiraderos de Matatlán y Los Laureles y decidió reducir el margen de amortiguamiento de mil a solo 500 metros.
La titular del Imeplan, Martha Patricia Barba Martínez, respondió a las observaciones que presentó José Carlos Toral, académico del Observatorio sobre Conflictos Socioambientales y Defensa de Activistas, dentro de la consulta pública del Plan de Ordenamiento Territorial Metropolitano (POTMet) y en la mayoría de los puntos su conclusión fue que “no procede” hacer modificaciones.
Según la Norma Oficial Mexicana NOM-083-Semarnat, no se puede construir vivienda en un margen de 500 metros alrededor de un basurero; sin embargo, en la propuesta de actualización del POTMet que se sometió a consulta ese margen se ampliaba a mil metros.
Al revisar el tema, José Carlos Toral evidenció que tanto en el caso de Matatlán como en el de Los Laureles hay polígonos para la construcción de viviendas dentro del margen propuesto de los mil metros, por lo que realizó observaciones al proceso de actualización.
En respuesta, Barba Martínez señala a través de un oficio firmado que la restricción que establece la norma oficial es de 500 metros “a partir del límite perimetral del relleno sanitario que en esta zona se clasifica como área no urbanizable con zonificación de conservación, pues se reconoce su condición natural que contribuye en la conectividad ecológica y prevención de riesgos. En cuanto al radio de amortiguamiento de los 1000 metros, se le informa que este criterio ha sido desincorporado”.
Ante la eliminación de la disposición que ampliaba el margen de amortiguamiento, la funcionaria sólo señaló: “Su observación no es procedente”.
Toral también analizó lo que se refiere a la estación de transferencia La Cajilota, en Tlajomulco de Zúñiga, donde el POTMet plantea restricciones de 300 metros para construir vivienda. Al respecto, Barba Martínez menciona en su escrito que “actualmente no se cuenta con una normativa para regular y restringir los asentamientos humanos en las inmediaciones de las estaciones de transferencia”.
Al respecto, el académico dijo que aun cuando la estación de transferencia debería mantener la basura en un máximo de 48 horas, se ha documentado que pueden transcurrir incluso meses antes de que sea removida, por lo que en estricto sentido es un basurero.
El académico explicó que los márgenes de restricción se establecen ante el riesgo que implica para la salud la contaminación que generan los basureros por los lixiviados, la emisión de gases de efecto invernadero, como el metano, y las partículas suspendidas. Lamentó que en lugar de modificar la zonificación, “para evitar que se construyan nuevos fraccionamientos cerca de los basureros, lo que hicieron fue quitar el criterio. Reconocen que hay un riesgo para la población, pero están dándole prioridad a los intereses económicos e inmobiliarios para que puedan construir dentro de un radio de mil metros en torno a los basureros”.
jl&/I