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Desapariciones: pendientes para Jalisco

El proceso electoral 2024 es una oportunidad para que los diversos grupos políticos que actúan en nuestra entidad expresen compromiso para fortalecer la seguridad, avanzar en la impartición de justicia y proteger la integridad de las personas que viven en Jalisco; las estrategias de atención ante la inseguridad y el diseño de políticas de prevención deben ser parte necesaria de la agenda pública y acciones de gobierno.

A pesar de que Jalisco se sitúa en el primer lugar nacional de personas desaparecidas y no localizadas del país y entre los primeros lugares de cuerpos recuperados de fosas clandestinas, la problemática de inseguridad que provoca las desapariciones está muy lejos de ser resuelta; por el contrario, lo que prevalece es la falta de acciones eficientes y la reiterada negativa en reconocer la gravedad del problema de las desapariciones.

Entre los pendientes de urgente atención para Jalisco está el de establecer un registro estatal de personas desaparecidas como lo determina la legislación; también el registro estatal de fosas y registro estatal de personas fallecidas no identificadas, que debieron estar funcionando desde hace más de dos años.

La Legislación de Jalisco indica su importancia (Art. 77) señalando que “son herramientas que contienen datos que a través de un análisis sistemático generan y concentran información que sirve de apoyo para diseñar estrategias y acciones de búsqueda en vida, localización, investigación e identificación de personas fallecidas, así como servir de fuente de información de los Registros Nacionales”. A la fecha, dichas bases de datos o registros no se han implementado en los términos en que la ley obliga a las autoridades.

Respecto de la identificación de personas localizadas (fallecidas) prevalece el rezago forense, los procedimientos son complejos, lentos y burocráticos. Los familiares deben esperar meses o años para la entrega del cuerpo a pesar de que se cuente con una identificación positiva. Aunque se ha hablado recientemente de la creación de un centro de identificación humana, los colectivos y familias han manifestado la necesidad de que efectivamente cuente con personal suficiente y capacitado, y que se les informe oportunamente de los proyectos y sus avances, dado que son los colectivos quienes también han impulsado las labores de búsqueda forense en campo.

Otro tema prioritario es el de atención a familiares de las víctimas; en muchos casos las propias autoridades criminalizan, estigmatizan o minimizan el riesgo de una desaparición, intentando con ello desvirtuar la urgencia de la búsqueda; a pesar de contar con un protocolo específico de actuación, aún siguen diciendo que esperen para reportar o denunciar una desaparición, cuando las primeras horas son clave para la localización con vida.

El personal de las dependencias requiere una mayor capacitación para otorgar un trato digno, respetuoso y con empatía ante el dolor de una desaparición; también la ley determina dos principios que deben conducir la actuación de las autoridades: “máxima protección”, que implica la obligación de adoptar y aplicar para la protección más amplia, garantizar el trato digno, seguridad, protección, bienestar físico y psicológico, y “no revictimización”, que se refiere a  evitar que la persona desaparecida sea revictimizada o criminalizada en cualquier forma, agravando su condición, obstaculizando o impidiendo el ejercicio de sus derechos o exponiéndoseles a sufrir un nuevo daño”.

Muchos de los pendientes podrían subsanarse siguiendo las obligaciones que la propia ley determina, también se requiere que las autoridades reconozcan la gravedad del problema y principalmente que estén dispuestas a escuchar lo que los colectivos y las familias expresan, pues son quienes afrontan día con día el dolor de la ausencia y los desafíos de la búsqueda.

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