INICIO > OPINION
A-  | A  | A+

Ley de Salud Mental

En el estado de Jalisco, como sucedió o sucederá en el resto de las entidades del país, inició en el Congreso del Estado el proceso legislativo de homologación de la Ley de Salud Mental y Educación Emocional con la reforma a la Ley General de Salud en materia de Salud Mental y Adicciones realizada en mayo de 2022 por el Congreso de la Unión.

Para tal efecto, desde el 21 de noviembre inició un foro de consulta.

Una vez más, la Asociación Mexicana de Psicólogos y Psicólogas (Amepp) está proponiendo que la nueva Ley de Salud Mental y Adiciones del Estado de Jalisco se caracterice por ser un instrumento jurídico que asegure para las y los jaliscienses servicios públicos de salud mental suficientes, integrales, de calidad, incluyentes y éticamente congruentes.

Entre otras propuestas, planteamos lo siguiente:

  • Establecer, como lo ha venido proponiendo la Organización Mundial de la Salud (OMS), que se destine el 5 por ciento del gasto en salud para la salud mental. Sin recursos económicos suficientes todo será demagogia
  • Establecer, como ya se definen en la iniciativa presentada por la Comisión de Higiene, Salud Pública y Prevención de las Adicciones, los derechos de los usuarios y los derechos de los profesionales de la salud mental
  • Puntualizar que una responsabilidad del Estado es prevenir no solo las adicciones, sino todos los problemas de salud mental: suicidio, depresión, trastornos de ansiedad, trastornos alimenticios, psicosis, esquizofrenia, violencia, etc.
  • Instituir, específicamente, que una responsabilidad del Estado es diseñar e implementar servicios especializados de salud mental (prevención, promoción de la salud integral, evaluación diagnostica e intervención psiquiátrica, psicológica y psicosocial) para las personas en situación de calle, de los pueblos originarios, personas adultas mayores, personas con discapacidad (no solo para aquellas con discapacidad mental, sino también para personas sordas, con discapacidad intelectual y de talla baja), personas con enfermedades crónico–degenerativas y terminales, y con identidades LGBT+.
  • Instaurar que una responsabilidad del Estado es diseñar y realizar permanentemente estudios científicos y clínicos, y cada tres años estudios epidemiológicos sobre los problemas de salud mental y sobre los indicadores positivos de salud mental
  • Establecer que por ningún motivo se podrán implementar abordajes pseudocientificos en los servicios públicos de salud mental, ya que atentan contra el principio de jurídico de beneficencia
  • Instaurar que las instalaciones y el mobiliario de las instituciones de salud mental estén debidamente adaptadas para las y los usuarios de los grupos vulnerables mencionados anteriormente

 

[email protected]

jl/I