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Derecho al cuidado

Hoy es el Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo, y tiene como objetivo concientizarnos sobre la importancia de los cuidados, el apoyo y su contribución a la igualdad de género, la sostenibilidad de nuestra sociedad, la necesidad de invertir en una economía del cuidado resiliente e inclusiva, implementando el desarrollo de sistemas de cuidados, apoyo sólidos y resilientes.

El derecho al cuidado es la prerrogativa a cuidar, ser cuidado y al autocuidado, es parte de los derechos humanos ya reconocidos en los pactos y tratados internacionales, de los que goza toda persona humana, independientemente de su situación de vulnerabilidad o dependencia.

En cuanto al reconocimiento del cuidado como un derecho fundamental y la organización de un sistema de cuidados, un primer vestigio lo encontramos en la Constitución de la Ciudad de México que desde 2017 dio origen a su Sistema de Cuidados.

Cuatro años después, Argentina y México presentaron en 2021 la Declaración Internacional sobre la importancia del cuidado en el ámbito de los derechos humanos, en ella se reconoce la relevancia de generar mayores debates sobre el tema de los cuidados y su vínculo con los derechos humanos.

Fue octubre de 2023 que por primera vez la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, conforme al texto de la Constitución General, tratados internacionales de los que México es parte, así como otros instrumentos de soft law, todas las personas tienen el derecho humano a cuidar, a ser cuidadas y al autocuidado, y el Estado tiene un papel prioritario en su protección y garantía, lo que implica que todas las personas, principalmente aquellas que requieren de cuidados intensos o extensos y/o especializados, como las personas mayores, con discapacidad y con alguna enfermedad crónica, tienen la oportunidad de acceder a ellos, sin que sea a costa de la salud, bienestar o plan de vida de quienes cuidan.

Asimismo, determinó que el derecho al cuidado también implica el derecho de las personas a no estar forzadas a cuidar por mandatos de género, lo que es una cuestión de justicia social a favor de mujeres y niñas, en quieres recaen preponderantemente las labores de cuidados.

En este sentido somos precisamente las mujeres y las niñas que soportamos una parte desproporcionada de los cuidados y el trabajo doméstico no remunerado esto implica que dediquemos menos tiempo al trabajo remunerado, y que esta distribución desigual de los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados limite nuestra participación en las esferas social, política y económica.

Por ello resulta urgente que las políticas públicas en los tres ámbitos de gobierno implementen acciones tendientes a reconocer, reducir y redistribuir equitativamente la carga desproporcionada de los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados que realizamos las mujeres, en particular promoviendo el reparto equitativo de las responsabilidades entre mujeres y hombres, dando prioridad a las políticas de protección social y el desarrollo de infraestructura resiliente, así como a la remuneración de quienes realizan trabajo de cuidado remunerado, en particular mediante la mejora de los salarios y las condiciones de trabajo.

*Doctora en Derecho

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