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Creciendo negativamente
Rumbo a Villanueva
La falta de una “notificación personal” al momento en que arrancó el procedimiento para establecer el área de protección hidrológica estatal sierra del Cuale, dentro de la superficie del ejido San Andrés, de Talpa de Allende, así como no haber acreditado una iniciativa ciudadana para impulsar la reserva ecológica, fueron considerados vicios legales serios por la autoridad judicial, que ha echado abajo el camino del decreto protector de estas montañas donde habitan hasta 4 mil 500 formas de vida, posiblemente la mayor diversidad biológica de Jalisco.
En el caso de este ejido, es una sentencia definitiva que obligaría al promotor del área natural protegida, el gobierno de Jalisco, a volver a establecer el procedimiento desde el principio. Fue fundamental en la derrota legal que los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, con sede en Zacatecas (que tomó el asunto como auxiliar) consideraran que los artículos 55, 56 y 57 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente (LEEEPA), en los que se fundamentan las áreas protegidas estatales, son “violatorios” de derechos constitucionales consagrados en los artículos 8 y 14, los derechos de petición y de audiencia.
¿POR QUÉ ES TRASCENDENTE?
Independientemente de que abre la necesidad de revisar el cuerpo legal y los procedimientos para instaurar reservas protegidas, la sierra del Cuale es la principal proveedora de servicios ambientales (agua, regulación climática, biodiversidad, suelos y paisaje) del megadesarrollo turístico Puerto Vallarta-Riviera Nayarit, el segundo más importante del país. La justificación de generar un sistema protegido deriva de la relevancia económica de ese destino turístico que genera más de 10 por ciento del producto interno bruto turístico del país.
Así, la disputa por la sierra del Cuale, que tiene al menos tres décadas, pero que a partir de la publicación del aviso de decreto, en marzo de 2017, vivió su última etapa, se puede sintetizar en dos grandes resultados: de las más de 111 mil hectáreas (ha) del polígono protegido, alrededor de 70 mil ha avanzaron en el convencimiento de ejidos y propietarios sobre las bondades de la gestión protegida, mientras poco más de 40 mil ha de cinco ejidos amparados quedarían al margen, de momento, si en todos los casos se confirma la tendencia de la sentencia definitiva emitida a favor de San Andrés.
EL CASO
La acción judicial a favor del ejido fue determinada en la revisión 233/2018 del procedimiento de amparo 791/2017-VII, que había sido sobreseído (anulado) por el juez séptimo de distrito en materia administrativa y del trabajo, lo que inconformó a los quejosos. Los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, revocaron esa decisión, al considerar debidamente fundados los agravios del ejido quejoso, lo que fue notificado en diciembre a las partes.
“Primero. Se revoca la sentencia venida en revisión. Segundo. La justicia de la unión ampara y protege al ejido quejoso San Andrés, de Talpa de Allende, Jalisco, contra los actos que reclamó a las autoridades responsables precisados en el resultando primero de esta sentencia; para los efectos indicados en la presente ejecutoria”, señala la sentencia y ordena al juez séptimo hacerla valer.
La acción jurídica promovida por el comisariado ejidal de San Andrés fue en contra de actos del Congreso del Estado, del gobernador, de los secretarios de Gobierno y Medio Ambiente, del Registro Público de la Propiedad y del presidente municipal de Talpa. Los magistrados acreditan la argumentación en contra de la “inconstitucionalidad” del articulado de la LEEEPA, lo que permitiría establecer un camino de impugnación para otros posibles agraviados, en caso de que no sea reformada.
Es decir, la ley supuestamente establece como único camino para un proyecto de área natural protegida (ANP) la iniciativa de un ciudadano, y además, como estarían en juego bienes patrimoniales, es obligado hacer una notificación personal, y no a través de medios de difusión general, “a fin de que desde su inicio (del procedimiento de protección) comparezcan a defender sus derechos mediante la aportación de pruebas y formulación de alegatos”.
Los magistrados advierten que en caso de que la declaratoria se publicara como se prevé en el aviso, “esta puede llegar a expropiar el área reservada, con lo cual el ejido revisionista estaría frente a un diverso problema legal que le dificultaría recuperar sus tierras”.
De este modo, 8 mil 172 ha del ejido San Andrés quedan fuera del procedimiento administrativo para crear el área de protección hidrológica sierra del Cuale, la ‘joya de la corona’ de las reservas ecológicas con legislación estatal. Pero si se confirman cuatro amparos más, alrededor de 35 por ciento de la superficie propuesta se habrá perdido en esta ocasión y la gran oportunidad de preservar los servicios ambientales del segundo destino turístico del país.
Fuente: ejidos quejosos
Sierra del Cuale es la principal área natural protegida propuesta por el gobierno de Jalisco, y su caracterización, considerada bastante flexible en relación con la enorme diversidad paisajística, ecosistémica y de especies, fue la intencionada búsqueda de que los dueños de la tierra la vieran como una oportunidad. Pero no todos estuvieron de acuerdo.
JUNTAS. Esta área de Jalisco es importante, pues ahí interactúan las sierras y el área marítima ___________________
En estas montañas hay desde bosques templados de pino y encino hasta selvas subhúmedas, pues es el área más lluviosa de todo Jalisco. Su altitud va de los 2 mil 800 metros sobre el nivel del mar a cero.
De acuerdo al aviso de decreto, el gobierno de Jalisco, "impulsa un proyecto para decretar como área estatal de protección hidrológica a la sierra El Cuale, que conserve los ecosistemas y la biodiversidad de la región, que fortalezca y promueva el uso y aprovechamiento sustentable del patrimonio natural”. Este entorno “juega un papel muy importante en los procesos hidrogeológicos de la región Costa-Sierra occidental, ya que no sólo es un importante colector de agua y zona de recarga de los mantos freáticos, también es el área donde se infiltra al mar, permitiendo un mayor número de interacciones bióticas”.
La superficie a proteger es de 111 mil 633.74 hectáreas en cuatro municipios: Cabo Corrientes, Mascota, Talpa de Allende y Puerto Vallarta. “La creación de un área natural protegida, representa una oportunidad para mantener comunicados los ecosistemas presentes de las sierras al área marítima, contribuyendo así a que esta área se convierta en una zona que no sólo preserve sus recursos naturales, sino también a revertir los efectos más graves de las perturbaciones y las amenazas que actualmente enfrentan sus ecosistemas”, añade el documento.
De la misma manera, se pretende “detonar proyectos productivos alternativos como son el turismo de naturaleza, turismo rural, la valoración del patrimonio cultural y el aprovechamiento sustentable de sus bosques”, y conservar los ciclos ecológicos “a través del cuidado de los espacios naturales, permitirá el mantener las actividades ecoturísticas tan representativas de la región, ya que su sistema montañoso y su contacto con la línea de costa han sido un factor fundamental para el turismo con la gran riqueza biológica, paisajística y climática”.
Se han documentado casi 500 especies animales y mil 900 especies de flora. Pero su diversidad sería mayor a la de Manantlán, donde hay más de 3 mil plantas vasculares. Un verdadero tesoro biológico en riesgo.
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FRASE
“(La sierra del Cuale) juega un papel muy importante en los procesos hidrogeológicos de la región Costa-Sierra occidental” Extracto del aviso de decreto del gobierno de Jalisco
JJ/I