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El abogado de los amparos
Porque nos la quitaron
La construcción de las instituciones tiene como objetivo generar un esquema con una estructura regular, de manera que, con las formas y los mecanismos de operación establecidos, sean reconocidas por todos y se lleven a cabo con mecanismos claros de operación que permitan, sin dificultad, maniobrar dentro de los márgenes de gestión pensadas para el desarrollo de las mismas.
Dentro de esa perspectiva, y pensando en la forma de administrar el poder del Estado, se concibió un mecanismo que logre establecer un equilibrio en las distintas estructuras institucionales con las que se concibió la operación de éste, es decir, se dividió en tres estructuras la operación de gobierno en el Estado y, por ello y, para efectos de que no fuera solamente una instancia de poder político la que ejerciese todas las políticas públicas, se consideró, si hacemos caso a Montesquieu en El espíritu de las leyes, un modelo que permitiese participar en las decisiones, no solamente a una instancia política sino a tres estructuras institucionales. En ese sentido se concibe la participación representativa política, en poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. La distribución de esas estructuras tiene como finalidad, la generación de contrapesos entre ellos para no establecer en una sola instancia política, la proyección de las políticas públicas.
En dos semanas tendremos un ejercicio inédito, la elección del Poder Judicial. La edificación de la estructura de este poder no constituye únicamente lo relacionado con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que constituye un elemento importante en la estructura del Poder Judicial y que es, dentro del actual proceso de elección, el elemento de mayor visibilidad, pero no es el único por el que se votará. El Poder Judicial en México está constituido por un sistema jerárquico de órganos que, a nivel federal, se compone de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Electoral, los Tribunales de Circuito y los Juzgados de Distrito. A nivel estatal, cada estado tiene su propio Tribunal Superior de Justicia, que es la máxima instancia judicial estatal.
A partir de septiembre próximo entraría en funciones toda la nueva estructura que se votará el próximo 1 junio. La reforma, cuya narrativa reposaba en la transformación de la SCJN, tendrá una transformación mayor y reconstituirá una estructura institucional que tomará algo de tiempo en su configuración. Por otra parte, el argumento de una participación ciudadana en esa elección, no se ve claramente definida con la expectativa de participación de alrededor de 10 por ciento del padrón electoral y, por otra parte, la intervención de actores de interés, como los partidos políticos y otras instancias, como sectores empresariales y, el propio crimen organizado, señalados por el Senado, plantean preguntas profundas relacionadas no con una reforma, sino con el hecho de si ésta es la reforma que se requiere y éste, el tiempo para su realización.
Será importante una reflexión profunda sobre el alcance y contenido de la reforma; sin embargo, la participación ciudadana en el proceso de votación constituye un elemento significativo a guardar porque refuerza el empoderamiento ciudadano en las decisiones importantes de conducción política del país.
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